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RECOMENDACIONES Y PROTOCOLOS ANTE LA REANUDACIÓN DE OBRAS TRAS EL PERMISO RETRIBUIDO RECUPERABLE
Una vez concluido el permiso retribuido recuperable decretado por el Gobierno mediante el RDL 10/2020, con carácter obligatorio para los trabajadores por cuenta ajena en servicios no esenciales, y superados los festivos de Semana Santa, se espera que a partir del lunes 13 de abril, muchas obras de construcción que se habían paralizado por dicha causa, vuelvan a tener actividad, lo que habrá de realizarse con estricto cumplimiento de las precauciones mínimas publicadas por las autoridades sanitarias para evitar los riesgos de contagio, de aplicación obligatoria desde la declaración del Estado de Alarma.
En este sentido, recopilamos en esta nota distintos protocolos y guías de actuación relativas a las obras de construcción:
1.- El CGATEy el CSCAE han emitido conjuntamente el documento orientativo “Recomendaciones de apoyo a las actuaciones en materia de seguridad y salud en obras de construcción”, para facilitar la aplicación en las obras de las medidas de seguridad y salud que resulten más eficaces para evitar el riesgo de contagio en el centro de trabajo. Las recomendaciones están dirigidas a empresas, trabajadores y a técnicos colegiados y, en particular, a los coordinadores de seguridad y salud y la dirección facultativa.
2.- El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) del Ministerio de Trabajo y Economía Social, ha publicado una guía con “ORIENTACIONES PREVENTIVAS FRENTE AL COVID-19 EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN”, (09.04.2020)», un documento que recoge una selección no exhaustiva de recomendaciones y medidas, fundamentalmente de carácter organizativo, para garantizar la protección de la salud de los trabajadores.
3.- La patronal del sector de la construcciónCNC y los sindicatos CCOO y UGT, han elaborado la “Guía de actuación en materia preventiva por causa del COVID-19 en las obras de construcción”, que recoge las medidas a considerar desde antes de la entrada en obra hasta la conclusión de los trabajos y/o salida del centro de trabajo, así como las medidas de protección individual en personas con síntomas.
4.- Fundación Laboral de la Construcción - Línea de prevención, donde se incluyen guías y fichas técnicas en las que se tratan aspectos relativos a seguridad y salud relacionados directamente con el sector de la construcción.
Al margen de lo anterior, recogemos aquí algunos aspectos publicados por los compañeros del Colegio de Madrid que estimamos de interés junto con otros de consideración:
1.- COVID-19, cuestión de salud pública:
Todo lo relacionado con el COVID-19 sigue siendo una cuestión de salud pública – incluyendo al sector de la construcción – y, por tanto, se seguirá siempre lo establecido por el Ministerio de Sanidad.
2.- ¿Es necesario la actualización del Plan de Seguridad y Salud?
Debido a lo anterior – cuestión de salud pública – NO es necesario actualizar el Plan de Seguridad y Salud de cada empresa contratista para recoger los protocolos de actuación y seguimiento de todos lo relacionado con el COVID.
La actualización del Plan de Seguridad y Salud seguirá estando reservada para los casos establecidos en el RD 1627/97; por ejemplo: nuevas actividades de obra, nuevos medios auxiliares o maquinaria, reorganización de zonas de obra, etc.; pero en ningún caso son objeto de incluirse como anexo al Plan de Seguridad y Salud las medidas sanitarias ni la vigilancia de las mismas, que deberán estar en los respectivos protocolos de actuación frente al COVID-19 que cada empresa deberá establecer, pudiendo servir de guía para su elaboración el “Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2”, conjuntamente con el resto de documentos actualizados emitidos por el Ministerio de Sanidad, o el anteriormente citado de la CNC y los sindicatos.
Las medidas sanitarias recomendadas y aquellas otras que el empresario considere necesarias en la obra deberán incorporarse al protocolo sanitario propio de cada contratista y no requieren de la aprobación del Coordinador de Seguridad y Salud.
3.- Reanudación de obras:
No será preciso ni obligado levantar Acta de reinicio de las obras, será suficiente consignar dicha decisión acordada entre el contratista y promotor en el Libro de Órdenes (por la Dirección de Obra y de Ejecución), y en el Libro de Incidencias (no siendo necesario – inicialmente – enviar esta anotación a la Inspección de Trabajo).
El reinicio de los trabajos debería acordarse en unos términos de tiempo razonables, que permitan a las empresas reactivar los trabajos paralizados con las condiciones de seguridad y salud establecidas por el Ministerio de Sanidad.
Siempre que sea factible, se aconseja realizar una visita previa a la obra paralizada a fin de analizar por parte de las empresas los aspectos a organizar previo al arranque de nuevo de la actividad.
4.- Reuniones de Coordinación e intercambio de información entre las Empresas.
Es aconsejable organizar, tanto al reinicio como una vez arrancada de nuevo la obra, reuniones de coordinación entre las empresas participantes en la obra, de forma que se pueda intercambiar información entre ellas de cara a la organización de las tareas / actividades a realizar, accesos, turnos, horarios / zonas de trabajo, interferencias potenciales de tajos / actividades, etc. y definir las pautas de actuación que procedan.
5.- Paralización de actividades, tajos, obra ante el riesgo de contagio o no seguimiento de los protocolos COVID-19 de las empresas.
La propia autoridad laboral (Inspección de Trabajo) en su documento del 30 de marzo de 2020, estableció que dichos Inspectores de Trabajo NO tienen competencia para realizar una paralización de actividades, tajos o la obra por incumplimientos de medidas preventivas acordadas por el Ministerio de Sanidad.
Obviamente, a tenor de lo anterior, tampoco sería competente la Dirección Facultativa ni el Coordinador de Seguridad y Salud.