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NUEVO PROCEDIMIENTO DE ACREDITACIÓN DE LOS TÉCNICOS COMPETENTES PARA LA CERTIFICACIÓN DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS (DESDE EL 23 DE JULIO 2026)
Desde el 23 de julio de 2026 ha entrado en vigor el nuevo procedimiento de acreditación de los técnicos competentes para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, establecido por el Real Decreto 659/2025, de 22 de julio, que modifica el Real Decreto 390/2021.
A partir de esta fecha, los profesionales que quieran suscribir Certificados de Eficiencia Energética (CEE) deberán estar previamente acreditados e inscritos en el Registro Administrativo Centralizado de Técnicos Competentes para la Certificación Energética de Edificios.
La acreditación se tramita mediante una declaración responsable, a través del procedimiento habilitado en la Sede Electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO). Dependiendo de la titulación y cualificación profesional del solicitante, el acceso al registro se realizará por la vía que corresponda, pudiendo ser necesario acreditar la formación específica exigida por la normativa.
Una vez realizada la acreditación y efectuada la inscripción en el Registro, el técnico podrá ejercer como profesional competente para la elaboración y firma de los certificados.
IMPORTANTE: Todos aquellos colegiados que ya estuvieran registrados ante la Junta de Extremadura como técnicos habilitados para la elaboración y suscripción de Certificados de Eficiencia Energética (CEE) no tendrán que realizar una nueva acreditación ni volver a inscribirse en el Registro Administrativo Centralizado de Técnicos Competentes del MITECO.
En estos casos, los datos de los técnicos que ya figuren acreditados en los registros autonómicos serán incorporados al Registro Administrativo Centralizado conforme al procedimiento previsto en la normativa.
Asimismo, es importante señalar que la acreditación como técnico competente no sustituye el procedimiento de registro del propio Certificado de Eficiencia Energética ante la Comunidad Autónoma correspondiente. En Extremadura, por tanto, los certificados deberán continuar tramitándose conforme al procedimiento establecido por la Junta de Extremadura.
Los profesionales interesados pueden consultar el procedimiento y la documentación necesaria en la página específica del MITECO sobre el Registro Administrativo Centralizado de Técnicos Competentes, donde se encuentra disponible el acceso al procedimiento de acreditación.
Desde el Colegio se recomienda a todos los colegiados que realicen habitualmente trabajos de Certificación Energética que comprueben su situación y, únicamente en caso de no figurar ya registrados o acreditados conforme al procedimiento establecido, tramiten la correspondiente acreditación con carácter previo a la firma de nuevos Certificados de Eficiencia Energética.