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EL TSJ DE CANTABRIA OBLIGA A DIVIDIR LA DO Y LA DEM EN LOTES INDEPENDIENTES Y RESTRINGE LA CSS EN EDIFICIOS DEL ART. 2.1.A) LOE
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha dictado una RESOLUCIÓN de especial relevancia para la contratación pública de servicios técnicos en edificación.
Por un lado, establece que la Dirección de Obra (DO) y la Dirección de Ejecución Material (DEM) no pueden licitarse conjuntamente en un único lote sin una justificación suficiente, debiendo dividirse en lotes independientes para garantizar la libre concurrencia y el respeto al reparto competencial.
Por otro, el Tribunal vuelve a precisar que la Coordinación de Seguridad y Salud en fase de ejecución en edificios comprendidos en el artículo 2.1.a) de la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación (uso administrativo, sanitario, religioso, residencial, docente y cultural) corresponde exclusivamente a arquitectos y arquitectos técnicos.
Esta doctrina refuerza la competencia propia de los aparejadores y arquitectos técnicos y abre la vía a la impugnación
Se trata de una sentencia muy positiva, de la que cabe destacar su sólida fundamentación.
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