Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos de Jaén
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  • R.D. 659/2025 POR EL QUE SE MODIFICA EL R.D. 390/2021 Y SE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO BÁSICO PARA LA CERTIFICACION DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS.-

    El pasado día 22 de julio se publicó en el BOE el Real Decreto 659/2025, de 22 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, el cual tiene como objeto la modificación del Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, tal y como se recoge en su Disposición final sexta, donde se establecía un plazo de dieciocho meses desde su entrada en vigor para llevar a cabo una modificación del mismo para adecuar la figura del técnico competente a un modelo basado en los conocimientos y las cualificaciones profesionales necesarias para la elaboración de los certificados de eficiencia energética.

    Para ello, el Real Decreto incorpora un nuevo artículo 4 bis titulado “Requisitos para el ejercicio de la actividad profesional de técnico competente para la certificación de la eficiencia energética de los edificios”, el cual establece una distinción de los requisitos para ser técnico competente en la redacción de CEEs, en función del tipo de certificación de que se trate de acuerdo con el RD 390/2021, estableciendo dos bloques:

    A/ Certificación energética de proyecto relativa a edificios de nueva construcción [3.1.a) RD 390/2021] y edificios o partes de edificios en los que se realicen reformas o ampliaciones que cumplan alguno de los siguientes supuestos [3.1.d RD 390/2021].

    B/ Certificación energética de obra terminada de todo tipo de edificios sujetos a CEE recogidos en el art. 3.1 del RD 390/2021.


    El Real Decreto es accesible a través del siguiente enlace: https://www.boe.es/boe/dias/2025/07/23/pdfs/BOE-A-2025-15230.pdf.

    También se puede ampliar información en la circular 74_2025.



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