Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos de Jaén
  • COLEGIO
    • SEDE
    • COLEGIACIÓN
    • JUNTA DE GOBIERNO
    • SECRETARIA
    • VENTANILLA ÚNICA
    • VISADO REGISTRO
    • PORTAL DE TRANSPARENCIA
  • SERVICIOS
    • CIUDADANOS
    • EMPRESAS
    • COLEGIADOS
    • ACTIVIDADES SOCIOCULTURALES
  • NOTICIAS
    • Gabinete Técnico y Formación
    • Visados
    • MUSAAT y PREMAAT
    • Otros
    • COVID-19
  • FORMACIÓN
    • CURSOS PROPIOS
    • OTROS CURSOS Y JORNADAS
    • CURSOS EXTERNOS
  • PUBLICACIONES
  • AGENDA
  • CONTACTO
  • webmail
  • iColegia
Seleccionar página

  • NOTA INFORMATIVA SOBRE LA INCIDENCIA DEL ESTADO DE ALARMA EN LA APLICACIÓN DEL REAL DECRETO 732/2019 CTE

    El plazo de 6 meses de aplicación voluntaria del Real Decreto 732 /2019, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, se suspende por la aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, desde el mismo 14 de marzo de 2020. Para el cómputo final de este plazo de aplicación voluntaria se deberá añadir a su plazo inicial de 6 meses, cuya fecha de finalización original era el 27 de junio de 2020, el periodo (en días naturales) correspondiente a la duración del estado de alarma.


    (Si todo va según los previsto, el fin del Estado de Alarma está previsto para el 20 de Junio a las 24:00 h, por lo que son 98 días naturales a sumar a los plazos administrativos que se hayan visto suspendidos; en este caso el nuevo CTE será de aplicación obligatoria a partir del 4 de Octubre de 2020)


    Aquellas obras para las que se hubiera obtenido licencia antes del 14 de marzo de 2020 y cuyos proyectos no estuvieran adaptados al Real Decreto 732/2019 deberán comenzar en el plazo previsto en la propia licencia más el periodo correspondiente a la duración del estado de alarma, o en defecto de previsión, en el plazo de seis meses desde el otorgamiento de la licencia más el periodo correspondiente a la duración del estado de alarma. En caso contrario deberán adaptar sus proyectos a las modificaciones del CTE aprobadas en el Real Decreto 732/2019.

    Aquellas obras para las que se hubiera solicitado licencia antes del 14 de marzo de 2020 y esta licencia aún no se hubiera obtenido y cuyos proyectos no estuvieran adaptados al Real Decreto 732/2011, obtendrán dichas licencias una vez finalizado el estado de alarma, como consecuencia de la suspensión de plazos de los procedimientos administrativos vigente durante este periodo. Estas obras deberán comenzar en el plazo previsto en la propia licencia, o en defecto de previsión, en el plazo de seis meses desde el otorgamiento de la misma. En caso contrario deberán adaptar sus proyectos a las modificaciones del CTE aprobadas en el Real Decreto 732/2019.




    ir a publicación
  • Facebook
  • Twitter
  • LinkedIn

Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Jaén

Paseo de la Estación, 25 5º
(23008) Jaén
coaatjaen@coaatja.com
Teléfono: 953220434
Fax: 953266408

  • BUSCAR
  • FORMACIÓN
  • AVISO LEGAL Y POLÍTICA DE PRIVACIDAD
  • MAPA WEB
  • Facebook
  • Twitter
  • LinkedIn
 
Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Puede cambiar la configuración u obtener más información. ACEPTAR Leer más
Privacidad y política de cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these cookies, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may have an effect on your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR